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PODER EJECUTIVO - Decreto 748/2026

Reunion Intendenta y Poder Ejecutivo 20201208dicmouysm143 - Wikimedia Commons

Artículo original · La Nación

Origen del artículo: ArgentinaIdioma original: español

Resumen basado en fuentes

El Decreto N° 748/2026 precisa el alcance del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) en el sector de infraestructura ferroviaria.

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Versión fundamentada

Según La Nación (18 de agosto de 2026). • VISTO el Expediente N° EX-2026-78039953-APN-DGDA#MEC, la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 y el Decreto N° 749… • Que el artículo 75, inciso 18 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL pone a cargo del H. • Que, en particular, las tareas de conservación y mantenimiento tienen por objeto preservar a lo largo del tiempo las condiciones de la infraestructura… Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/345955/20260818

Del medio

VISTO el Expediente N° EX-2026-78039953-APN-DGDA#MEC, la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 y el Decreto N° 749 del 22 de agosto de 2024 y sus normas modificatorias y complementarias, y Que a través del Título VII de la Ley N° 27.742 se creó el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), con el objeto de generar las condiciones de previsibilidad, estabilidad y competitividad necesarias para atraer Grandes Inversiones a la REPÚBLICA ARGENTINA. Que mediante el Decreto N° 749/24 se aprobó la Reglamentación del citado Régimen, la que integra dicho decreto como Anexo I, y con posterioridad, a través de los Decretos Nros. 940 del 21 de octubre de 2024, 1028 del 21 de noviembre de 2024 y 105 del 18 de febrero de 2026, se introdujeron modificaciones destinadas a facilitar su interpretación y aplicación, y se dispuso la prórroga del plazo para acogerse al RIGI. Que en el Decreto N° 749/24 se identifica a la infraestructura como uno de los sectores cuyas actividades cuentan con dificultades intrínsecas para su desarrollo, entre las que se destacan el capital cuantioso e intensivo y los largos tiempos de recupero de lo invertido, incluyendo dentro de dicho sector a las actividades que tengan por objeto la construcción de estructuras físicas, redes y/o sistemas públicos y/o privados necesarios para el correcto funcionamiento de, entre otros, la logística y el transporte ferroviario. Que el artículo 75, inciso 18 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL pone a cargo del H. …

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